Plan Individual
Plan de Salud Individual

Nosotros entendemos cuán importante es su bienestar y adquirir un plan de seguro de salud individual puede otorgarle la seguridad de que será atendido bajo los más altos estándares en las mejores instalaciones médicas.

 

 

Plan Familiar
Plan de Salud Familiar

Encontrar la protección adecuada para su familia es una prioridad. Somos conscientes de la necesidad de un tratamiento de alta calidad  en las mejores instalaciones médicas y estamos aquí con el fin de garantizar el seguro de salud para su familia.

Plan de Viaje
Plan de Viaje

Los mejores planes de viaje son aquellos que pueden ofrecer una variedad de opciones y mantenerse flexibles, ya que usted estará  afuera por un tiempo específico y necesitará una cantidad de cobertura determinada.

Con nuestro asesoramiento especializado en la completa gama de seguros médicos y de viaje disponibles, nos aseguramos de que esté listo para su viaje.

Plan de Maternidad
Plan de Maternidad

Los planes de maternidad pueden parecer complicados, especialmente con el gran número de opciones disponibles. Comprender los detalles puede aliviar parte de la presión, por lo que le recomendamos familiarizarse con lo que puede hacer con el plan y cómo beneficiará a su nueva familia. 

Plan Preexistentes
Plan Enfermedades Preexistentes

Entendemos que las condiciones médicas pueden variar desde las más leves hasta otras difíciles de controlar. La mejor forma de manejar las condiciones de salud preexistentes a través de un seguro médico es buscando a alguien que entienda completamente el proceso. Encontrar el plan adecuado que se adapte a sus necesidades específicas es donde entramos nosotros. 

Tercera Edad
Plan para la Tercera Edad

Comprar un seguro de salud se vuelve significativamente más difícil a medida que se envejece. Siempre recomendamos tener mucho cuidado al elegir las opciones que desea incluir.

Plan de Evacuación
Evacuación de Emergencia

Existe una serie de países que no cuentan con instalaciones o tratamientos modernos para tratar lesiones graves o emergencias médicas. Los costos de una emergencia médica en un país extranjero pueden acumularse rápidamente y un plan de seguro de salud global es una manera de garantizar la evacuación a un hospital.

Plan Profesores
Plan para Profesores

Enseñar en el extranjero es a la vez gratificante y desafiante, al tiempo que la vida en un país diferente implica ajustarse a un nuevo ambiente. Con el fin de resguardar su bienestar en un territorio que usted apenas conoce, le aconsejamos que eche un vistazo a nuestros planes para profesores.

Cobertura de Seguro de Salud Internacional en EE. UU.
Cobertura en EUA
Cobertura en EUA

Los Estados Unidos son reconocidos por la calidad de su atención médica. Como es la más costosa del mundo, la atención médica en los EE. UU. no es una característica estándar para la mayoría de los planes de seguro de salud internacional pero puede ofrecerse como un complemento adicional.

Todos los planes
Todos los Planes Médicos

Examine los planes que tenemos para ofrecer. Cada uno de nuestros productos puede ser ajustado especialmente para adaptarse a su circunstancia o situación.

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Seguro de Viaje - Condiciones de la Póliza

Asegúrese de comprender completamente los Términos y Condiciones de cualquier plan que usted tenga la intención de elegir. Éstos definen exactamente el nivel de cobertura que recibirá el asegurado, así como todos los beneficios adicionales a los que podría tener derecho. A modo de ejemplo, le indicamos a continuación las condiciones claves de la póliza de viaje de IHI-Bupa.

Solicitud y aceptación del seguro
Comienzo del plan y extensiones de la póliza
¿A quién cubre?
Área de cobertura
¿Qué está cubierto?
Cobertura médica
Evacuación médica y repatriación
Cobertura del viaje de regreso
Repatriación compasiva de emergencia
Acompañamiento de familiar cercano y visita compasiva de emergencia
Excepciones de la compensación (exclusiones)
Cómo presentar una reclamación
Cobertura de terceros
Pago de la prima
Información necesaria para la compañía
Asignación, cancelación y expiración
Disputas, domicilio, etc.
 

Si tiene preguntas adicionales o consultas en relación con las pólizas de seguro de salud internacional de viaje de IHI-Bupa que ofrecemos, o bien, le gustaría comparar seguros de viaje y recibir una cotización o presupuesto gratuito, por favor, pulse aquí o contacte a uno de nuestros asesores expertos hoy mismo.

Solicitud y aceptación del seguro

  • Todas las solicitudes de Planes de Seguro de Salud de Viajes Internacionales deben ser aprobadas por IHI-Bupa.
  • Las personas que tengan más de 80 años para la fecha de inicio del plan no son elegibles de ser cubiertos por un plan de seguro de viaje de IHI-Bupa.
  • Si una persona tiene menos de 80 años para el inicio de la póliza, la cobertura se detendrá una vez que alcance la edad de 80 años.
  • Toda suscripción y emisión de pólizas se hace desde la sede principal de IHI-Bupa en Copenhague, Dinamarca.

 

Comienzo del plan y extensiones de la póliza

  • La póliza solo será válida si la prima ha sido pagada antes del inicio del plan.
  • La póliza durará desde la fecha en que el asegurado deje su país de origen hasta la fecha en que regrese, entendiendo que ambas fechas están incluidas en la duración del viaje.
    • En caso de que el asegurado adquiera la póliza mientras se encuentra fuera de su país de origen, entonces tendrá un periodo de espera de tres días antes de que comience la cobertura.
    • El derecho a la indemnización entra en vigor de manera simultánea con la fecha de inicio del seguro, aún en caso de que ocurra una lesión grave relacionada con un accidente.
  • Los planes de seguro de viaje IHI-Bupa son válidos para múltiples viajes a lo largo del año, entendiendo que ningún viaje simple debería exceder un mes de duración. Por ejemplo, si el tomador de una póliza anual comienza un viaje el día 5 de junio, entonces estará cubierto hasta el día 4 de julio, inclusive.
    • Si el tomador de una póliza anual necesita extender la duración de su cobertura, entonces puede ponerse en contacto con IHI-Bupa y adquirir días de viaje adicionales  por un periodo que sea superior a un mes.
    • Si el tomador de una póliza anual adquiere días de viaje adicionales antes de partir, entonces la cobertura se aplicará sin interrupciones durante la transición al periodo de tiempo extendido.
  • Si se adquiere un plan para un viaje simple, entonces el asegurado está limitado a un viaje de una duración no mayor de 12 meses.
    • Una póliza de viaje simple puede ser extendida mediante la compra de días adicionales con IHI-Bupa, no obstante, cualquier enfermedad, lesión o síntoma que se haya presentado durante el periodo de cobertura previa no será cubierto desde la fecha de inicio de la extensión.

 

¿A quién cubre?

  • Cualquier individuo nombrado en la tarjeta del seguro o programa de la póliza está cubierto por el plan de seguro de viaje de IHI-Bupa.
  • A los niños menores de 2 años se les otorga cobertura gratuita después de que el tomador de la póliza lo ha registrado con IHI-Bupa. Esto es en el caso entendido de que el tomador de la póliza tiene la custodia legal del niño, y que el infante tiene el mismo domicilio.

 

Área de Cobertura

  • Los planes de viaje de IHI-Bupa proveen protección en todo el mundo.
  • Los planes de viaje no proporcionan cobertura mientras usted esté en su país de origen.

 

¿Qué está cubierto?

  • Un plan de viaje IHI-Bupa provee cobertura de beneficios de acuerdo con la tabla de beneficios indicada en la página anterior.
    • El límite de cobertura por persona asegurada en el plan no excederá los USD 300 000.
  • En el caso de que el asegurado sea evacuado o repatriado, cualquier niño o joven menor de 18 años será compensado por gastos de viaje razonables.

 

Cobertura Médica

  • Los planes de seguro de salud internacional de viaje cubrirán todos los gastos médicos del asegurado en caso de enfermedades agudas o lesiones en concordancia con la tabla de beneficios de la página anterior.
  • El plan no cubrirá ninguna condición preexistente o crónica ni enfermedad o desorden recurrente si el asegurado:
    • Ha sido hospitalizado en algún momento durante los seis meses previos al comienzo de la póliza.
    • Ha cambiado la medicación de una enfermedad seis meses antes del comienzo de la cobertura.
    • Ha rechazado tratamiento médico o terapéutica por alguna condición antes del comienzo de la cobertura.
    • Ha alcanzado el punto donde el tratamiento para una condición ha sido abandonado o se ha negado antes del comienzo de la cobertura.
    • Ha sido referido a otro lugar para tratamiento o está esperando recibir tratamiento por una condición antes del comienzo de la cobertura.
    • El seguro no cubrirá los gastos de control, tratamiento ni medicinas relacionadas con la estabilización y regulación de una enfermedad o desorden preexistente, crónico o recurrente. El seguro no cubre una necesidad de tratamiento que se esperaba antes de partir.
    • Los médicos, especialistas, odontólogos y otros que realicen un tratamiento deben tener una autorización en el país de su práctica. Además, el método debe estar aprobado por las autoridades de salud pública del país donde el tratamiento tiene lugar. Los métodos de tratamiento que no hayan sido aprobados por las autoridades de salud pública, pero que están bajo investigación científica, solo serán cubiertos si son aprobados con antelación por los consultores médicos de IHI-Bupa.
    • IHI-Bupa tiene el derecho de exigir que el asegurado sea repatriado con el fin de recibir tratamiento en su país de residencia permanente, si el consultor médico de la compañía y el médico tratante están de acuerdo con que el tratamiento puede ser pospuesto hasta que el asegurado haya sido trasladado a su país de residencia permanente.

 

Evacuación médica y repatriación

  • Se efectuará la indemnización por gastos adicionales razonables incurridos por la repatriación o evacuación médica del asegurado en caso de una lesión aguda grave o fallecimiento.
  • El seguro deberá ofrecer cobertura, sujeta al acuerdo entre el médico tratante y el consultor médico de IHI-Bupa, si el asegurado debe ser trasladado a su país de residencia permanente u otro lugar para recibir tratamiento.
  • Solo se cubre el transporte relacionado con el curso de una enfermedad.
  • En caso de fallecimiento del asegurado, se reembolsarán los gastos del transporte a casa del difunto y de los trámites legales tales como embalsamiento y ataúd de zinc. El familiar más cercano tiene las siguientes opciones:
    • Cremación del cuerpo y transporte de la urna a casa.
    • Transporte del difunto a casa.
    • Se reembolsarán los gastos de repatriación a dos de los familiares convocados o compañeros de viaje del fallecido. IHI-Bupa compensará los gastos de viaje equivalentes al costo de un boleto aéreo en clase económica, como máximo.
  • Si el asegurado no puede continuar el viaje debido a una enfermedad aguda cubierta por la aseguradora, los gastos adicionales y razonables de viaje deberán ser cubiertos una vez que el asegurado pueda viajar de nuevo, y cuando IHI-Bupa lo acepte antes del cambio de itinerario de viaje.

 

Cobertura del viaje de regreso

  • La aseguradora deberá cubrir un viaje de regreso desde el destino extranjero si el asegurado ha sido evacuado médicamente debido a una enfermedad o lesión o si el asegurado ha sido repatriado o utilizado la cobertura de Repatriación Compasiva de Emergencia.
  • El incidente causante del viaje de regreso debe estar cubierto por la aseguradora y el seguro debe estar todavía vigente para el momento de regresar.
  • IHI-Bupa deberá compensar los gastos de viaje equivalentes al costo de un boleto aéreo de regreso en clase económica. El destino de ese regreso debe ser siempre el mismo lugar donde el asegurado hubiera ido de acuerdo con su plan de viaje original para el momento de viaje de regreso.

 

Repatriación compasiva de emergencia

  • La aseguradora deberá ofrecer cobertura en caso de que el asegurado tenga que terminar su estadía en el extranjero antes de tiempo debido a que un familiar cercano, en el país de residencia permanente del asegurado, haya sido hospitalizado o fallezca como resultado de una grave enfermedad o lesión ocurrida después de que el asegurado partiera.
    • En caso de duda, la decisión se dejará en manos de los consultores médicos de IHI y, si es necesario, con el médico tratante. En caso de muerte, se deberá entregar a IHI-Bupa un certificado de defunción.
    • Un pariente cercano es definido como un cónyuge o pareja que reside y registra la misma dirección que el asegurado, un hijo, un yerno o nuera, un nieto, un padre, un abuelo, un suegro, un hermano o hermana.
  • Solo es cubierto el transporte relacionado con el curso de una enfermedad.
  • Ninguna compensación será pagada si el herido en cuestión es un compañero de viaje que ya ha sido repatriado.
  • La repatriación solo será cubierta si la hora de llegada es de al menos 12 horas antes que la hora de llegada originalmente planeada por el asegurado.
  • La indemnización se abonará por gastos de viaje adicionales razonables equivalentes, como máximo, al costo de un boleto aéreo en clase económica.

 

Acompañamiento de familiar cercano y visita compasiva de emergencia

  • El seguro cubrirá el acompañamiento en caso de una enfermedad aguda grave, lesión grave o muerte, así como evacuación médica o repatriación del asegurado. Es condición para esta cobertura que los consultores médicos de IHI-Bupa y el médico tratante estén de acuerdo en que la duración de la estadía en el hospital será de un mínimo de 5 días y noches o que la condición del asegurado pone en riesgo su vida.
  • El asegurado tiene derecho a un máximo de dos personas como acompañantes. Las personas acompañantes pueden ser compañeros de viaje o familiares que han sido convocados como acompañantes desde el país de residencia permanente del asegurado.
  • IHI-Bupa indemnizará los gastos de viaje adicionales equivalentes al costo de un boleto de avión de regreso en clase económica por persona convocada. Además, la indemnización se hará por un máximo de USDD 250 / EUR 300 / CHF 400 / GBP 170 por día, por cada persona convocada o compañero de viaje, para gastos relacionados con hospedaje, alimentos y transporte local.
  • El seguro solamente cubrirá la visita compasiva de emergencia una vez en relación con un evento asegurado.

 

Excepciones de la compensación (exclusiones)

  • La compañía no será responsable de pagar indemnización por gastos relacionados con, debidos a, o que sean incurridos como resultado de:
    • Cualquier enfermedad, lesión, debilidad o discapacidad física y sus consecuencias que hayan llegado a existir o mostrado síntomas antes de que el seguro se hiciera efectivo o, si se ha escogido un plan de viaje anual, antes de cada vuelo al extranjero.
    • Cirugía o tratamiento cosmético y sus consecuencias, a no ser que sean prescritas por un médico y aprobadas por la compañía aseguradora.
    • Tratamiento recreativo.
    • Enfermedades dentales preexistentes o tratamientos odontológicos que no sean analgésicos y provisionales y que puedan esperar a que el asegurado llegue a casa.
      • Las dentaduras postizas no tienen cobertura bajo un plan de viaje de IHI-Bupa.
    • Enfermedades de transmisión sexual, sida, enfermedades relacionadas con el sida ni enfermedades relacionadas con anticuerpos del VIH (VIH positivo).
    • Asistencia médica o asistencia por maternidad que surja después de la semana 36 del embarazo, y después de la semana 18 cuando el embarazo es el resultado de cualquier tratamiento de fertilidad o la asegurada espere más de un hijo.
      • Los abortos inducidos que no sean prescritos por un médico no tendrán cobertura.
    • Tratamientos relacionados con el abuso de alcohol, drogas o medicamentos.
    • Lesiones corporales autoinfligidas intencionalmente.
    • Tratamiento con naturópatas, medicina naturista y cualquier otro método alternativo de tratamiento.
    • Tratamientos para enfermedades o lesiones causadas directa o indirectamente por la participación activa en:
      • Guerra; invasión; actos de enemigos extranjeros; hostilidades (haya guerra declarada o no); guerra civil; actos terroristas; rebelión; revolución; insurrección; conmoción civil, militar o usurpación de poder; ley marcial; disturbios o actos de cualquier autoridad legalmente constituida; u operaciones del servicio aéreo o la armada (haya guerra declarada o no).
    • Reacciones nucleares o lluvia radioactiva.
    • Tratamiento realizado por el asegurado, su cónyuge, padres o hijos o cualquier empresa de propiedad de una de las personas recién mencionadas.
    • Epidemias que hayan sido puestas bajo el control de autoridades públicas.
    • Tratamientos prescritos por psicólogos, a menos que sean prescritos por médicos relacionados con la ayuda de emergencia.
    • Chequeos médicos de rutina, vacunas y otros tratamientos preventivos.
    • La resistencia o incumplimiento por parte del asegurado de las indicaciones médicas prescritas por los consultores médicos de IHI-Bupa o por los médicos tratantes.
    • El asegurado se resista a una evacuación médica o repatriación.
    • Transporte que no haya sido dispuesto por IHI-Bupa.
      • Serían cubiertos los gastos equivalentes a aquellos que IHI-Bupa habría reembolsado sobre el transporte si fueran notificados.
    • Tratamientos médicos y exámenes que puedan esperar a que el asegurado regrese a casa.
    • Habitación privada en el hospital a menos que sea prescrita por un médico y aprobada por IHI-Bupa.
    • Cualquier tratamiento que no sea necesario o no esté directamente relacionado con el diagnóstico cubierto por el seguro.
    • Participación activa en cualquier espectáculo, carrera o competencia de deportes de motor.
    • Cualquier enfermedad o lesión que resulte de la participación activa en cualquier acto ilegal.

 

Cómo presentar una reclamación

  • La indemnización será abonada luego de que IHI-Bupa apruebe que los gastos están cubiertos por el seguro después de que se haya entregado a la empresa el Formulario de Reclamación completamente lleno junto con las facturas originales, pagadas y detalladas así como cualquier otro documento pertinente, tales como informes médicos, boletos de avión y documentos de viaje.
  • En ningún caso la cantidad indemnizada excederá el importe que figura en la factura.
    • Si el asegurado recibe una indemnización o compensación de IHI-Bupa mayor a la cantidad a la que él o ella tiene derecho, el asegurado tendrá la obligación de devolver de inmediato a la compañía el monto en exceso. A las subsecuentes indemnizaciones hechas por IHI-Bupa les será primero deducida cualquier cantidad pendiente.
  • Las compensaciones se limitarán a las tarifas usuales, acostumbradas y razonables del área o país en el que se proporcionó tratamiento.
  • IHI-Bupa será notificada inmediatamente en caso de muerte, hospitalización, repatriación de emergencia, acompañamiento, evacuación médica o repatriación y dicha notificación deberá incluir información médica sobre la enfermedad o lesión.
    • La notificación debe hacerse por teléfono o correo electrónico al servicio de emergencia de 24 horas de IHI-Bupa. La empresa sufragará todos los gastos incurridos por este concepto.
  • Las reclamaciones deberán ser presentadas a IHI-Bupa antes de los 30 días después de la expiración del seguro.
  • Las quejas sobre el proceso de manejo de reclamaciones de IHI-Bupa deberás ser presentadas, a más tardar, 30 días después de haber recibido el importe de la indemnización.

 

Cobertura de terceros

  • En caso de tener otra póliza de seguro o plan de salud, debe informarlo a IHI-Bupa cuando reclame un reembolso.
    • En tales circunstancias, IHI-Bupa coordinará los pagos con las otras compañías e IHI-Bupa no será responsable por más de una fracción proporcional.
  • Si la reclamación ha sido cubierta en su totalidad o en parte por cualquier plan, programa o similar, financiado por cualquier gobierno, IHI-Bupa no será responsable por el monto cubierto.
  • El tomador de la póliza y toda persona asegurada se comprometen a cooperar con IHI-Bupa y notificar inmediatamente a IHI-Bupa de toda reclamación o derecho de acción frente a terceros.
    • Además, el tomador de la póliza y toda persona asegurada mantendrán completamente informada a IHI-Bupa y tomarán todas las medidas razonables para hacer una reclamación contra otras partes y salvaguardar los intereses de IHI.
  • En todo caso, IHI-Bupa tendrá pleno derecho de subrogación.

 

Pago de la prima

  • Las primas, incluyendo las primas de renovación de viaje anual de IHI-Bupa, son determinadas por IHI-Bupa y serán pagadas por adelantado, para el periodo completo del seguro, antes del comienzo del seguro.
  • El tomador de la póliza será el responsable del pago puntual de la prima a IHI-Bupa.
  • En caso de falta de pago antes del comienzo del seguro, éste no será efectivo e IHI-Bupa no se hará responsable.
  • El reembolso de la prima solo será posible si IHI-Bupa recibe una solicitud por escrito antes de la fecha de inicio del seguro.
    • IHI-Bupa cobrará una cuota en relación con el reembolso de la prima.
    • Después de la fecha de inicio del seguro, la prima se considera completamente devengada y no reembolsable.

 

Información necesaria para la compañía

  • El tomador de la póliza o el asegurado tendrá la obligación de notificar a IHI-Bupa de toda cobertura seguro de salud o de viaje u otra cobertura similar con otra compañía.
  • El tomador de la póliza o el asegurado también tendrá la obligación de notificar y proporcionar a IHI-Bupa toda la información que pueda obtenerse y que se requiera para que IHI-Bupa pueda manejar las reclamaciones del asegurado o tomador de la póliza contra la compañía. 
  • Además, la aseguradora tiene derecho de buscar información sobre el estado de salud del asegurado y ponerse en contacto con todo hospital, médico, etc., que esté tratando o haya tratado al asegurado por enfermedades o trastornos físicos o mentales.
    • Asimismo, la empresa tiene el derecho a obtener cualquier historial médico u otros informes escritos y declaraciones acerca del estado de salud del asegurado.

 

Asignación, cancelación y expiración

  • Sin el previo consentimiento por escrito de IHI-Bupa, ninguna de las partes tendrá derecho a crear un cambio o ceder sus derechos del seguro.
  • Si se ha elegido Viaje Anual de IHI-Bupa, el seguro se renueva automáticamente en cada aniversario de la póliza.
    • El seguro puede ser cancelado por el tomador de la póliza o por IHI-Bupa en el aniversario de la póliza a través de una notificación por escrito con un mes de antelación.
  • Cuando se ha llenado una reclamación, el seguro puede ser cancelado por el tomador de la póliza a través de una notificación por escrito con un mes de antelación o por IHI-Bupa dentro de un plazo de 14 días después de que el reembolso haya sido efectuado o rechazado por IHI-Bupa.
  • La responsabilidad de IHI-Bupa cesará automáticamente al final del período del seguro. Al término del seguro, el derecho a la indemnización cesará.
  • El período del seguro podrá prolongarse hasta por 48 horas sin cobro de prima adicional si el regreso del asegurado se retrasa, siempre que ese retraso no sea responsabilidad del asegurado.
  • Si, luego de solicitar un seguro, el tomador de la póliza o asegurado de manera fraudulenta ha ofrecido información incorrecta u ocultado hechos que puedan considerarse como de importancia para IHI-Bupa, el contrato de seguro se considerará nulo y no tendrá carácter vinculante para IHI-Bupa. 
  • IHI-Bupa puede detener o suspender un producto de seguro con 3 meses de antelación al aniversario de la póliza.

 

Disputas, domicilio, etc.

Cualquier disputa que surja de o relacionada con el contrato de seguro se resolverá de conformidad con la legislación danesa, teniendo a Copenhague como lugar acordado. La empresa está afiliada a Ankenævnet for Forsikring, Anker Heegaards Gade 2, 1572 Copenhague V. Dinamarca (el Concejo de Apelaciones de Seguros).

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